martes, 22 de abril de 2008

Expectativas sobre el curso

Nuestras expectativas para el curso es principalmente adquirir el mayor conocimiento posible de la materia, también dominar un poco más las herramientas tecnológicas ya que es lo más utilizado en la actualidad, obtener una buena calificación, y clases muy agradables y donde todos participen.

viernes, 18 de abril de 2008

Registros llevados por el Seniat

Los registros que el seniat lleva son varios entre ellos se encuentran:
· Registro único de información Fiscal
· Registro nacional de exportadores
· Registro de vivienda principal
· Registro de información tributario de tierras
Todos estos registros con un único fin primordial llevar un registro personalizado de cada usuario para de esta manera poder distinguir a cada uno de ellos.

Registro de infromacion fiscal (RIF):
El registro de información fiscal fue creado en gaceta oficial No. 38.389, de fecha 2 de marzo de 2006 este registro es llevado por el seniat para llevar un control de los impuestos, tasas y contribuciones las cuales como ya sabemos son administradas por el seniat y donde todas las personas que sean sujetos pasivos de tributos ya sea personas naturales o jurídicas o también deberán tenerlo las personas que efectúen trámites ante el seniat.
Para explicar un poco más a fondo sobre el “Rif” hay que agregar que el sujeto pasivo según el código orgánico tributario dice que es el que está obligado al cumplimiento de las prestaciones tributaria ya sea en calidad de contribuyente o de responsable cuando hablamos de responsable lo que quiere decir es por ejemplo si es un gerente de una persona jurídica.
Así mismo otro de los artículos nos dice que las personas están solidariamente obligadas a las cuales se verifique el mismo hecho imponible es importante hacer referencia a la término anterior donde se dice que se usa en el derecho tributario para marcar el nacimiento de la obligación tributaria.
Entonces quienes son los contribuyentes según el código orgánico tributario son:
· Personas naturales
· Personas jurídicas
· las entidades o colectividades que constituyan una unidad económica

De ser el caso de una persona natural si obtiene un ingreso mayor a 1000 unidades tributarias deberá declarar los impuestos y toda persona jurídica que obtenga ganancias o pérdidas deberá hacerlo también.
Para finalizar se debe decir que el Rif no deberá ser sacado ni por extranjeros que no realicen actividad económica, ni por menores de edad que no posean bienes ni realicen actividades económicas y esta deberá ser sacado 30 días hábiles a partir de hecho imponible es decir el nacimiento de la obligación tributaria, también se debe decir que el seniat ha facilitado aun mas esta labor de crear el RIF y ya muchas personas lo pueden hacer por internet.

Registro nacional de exportadores:
Este registro que lleva el seniat es con el fin de facilitar toda la información con respecto a las solicitudes de devolución del IVA por parte de los contribuyentes exportadores debido a esos problemas y a otros 2 de mayor importancia como es la rapidez y la exactitud por esas razones se crea este registro.
En este registro lo que se hace es copilar toda la información de las operaciones habituales del exportador para esta manera el seniat haga un mejor análisis y control de los exportadores con respecto a las declaraciones del ISLR, domicilio fiscal, verificar que los proveedores sean reales, y así también como saber que exporta.
Para finalizar y en conclusión esta herramienta sirve para facilitar los trámites a los exportadores y también para que el seniat pueda tener un mayor control de dicha persona y hacer un análisis previo sobre la situación del contribuyente.

Registro de Vivienda Principal
El registro de vivienda principal es un documento otorgado por el Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria (SENIAT) a toda persona natural que resida en Venezuela y que sea propietaria del inmueble en donde habita. Este registro es utilizado tal como lo resolvió el Consejo Nacional de Vivienda (CONAVI) para la comprobación de la condición del inmueble objeto de crédito hipotecario adquirido por parte del propietario. Según la normativa que regula en Impuesto Sobre La Renta, el registro de la vivienda principal es de carácter obligatorio como requisito previo para que en caso de que suceda enajenación del inmueble, la cantidad que provenga de esta situación no se incluya en los ingresos brutos de las personas naturales, con la condición de utilizar ese capital monetario para invertirlo en otro bien inmueble dentro de un plazo no mayor de dos años, el cual debe ser obviamente registrado nuevamente en la gerencia regional de tributos internos de la jurisdicción donde se ha comprado el inmueble presentando el respectivo formulario de “solicitud de registro de vivienda”. Para finalizar se debe decir que la enajenacion es el traspaso o transferencia de un bien inmueble.

Registro de información tributario de tierras
El registro es para toda persona contribuyente que posea tierras rurales, la cual se debe dirigir a la gerencia regional de tributos de su domicilio fiscal para la inscripción de dicho registro

Los beneficios de este registro pueden ser:
· La obtención de créditos agrícolas.
· Posibilidad de adjudicación de tierras.
· Beneficios fiscales.
· Si se posee menos de 15 hectáreas, no se obligara al pago del impuesto de tierras.
· Beneficios como: infraestructura en vialidad, servicios básicos, posibilidad de inclusión en las medidas de comercialización del gobierno a nivel nacional, educación para el productor y sus familiares, entre otros.
· Garantía de la permanencia en la tierra que se ocupa de manera especifica.
· Protección de cultura, costumbres, técnicas ancestrales, uso y tradición campesina.

Bibliografía:
http://www.seniat.gov.ve/
Código orgánico tributario